Ariel “Coco” Ayub recibió la pena mínima que señala el régimen disciplinario de la Unión Cordobesa por agredir a un árbitro: dos años de suspensión. El entrenador de Universidad Tecnológica Nacional (en la imagen, el primero de izquierda a derecha) fue expulsado el 10 de septiembre por el árbitro Alejandro Cáceres durante el encuentro que UTN sostenía con Jockey de Río Cuarto.
De acuerdo a lo denunciado por Cáceres, posterior a su expulsión Ayub se negó a retirarse del campo de juego por lo que decide suspender el juego. “Cuando me acerco a la baranda, Ayub me dice: ‘andá a seguir dirigiendo, si total ya me expulsaste’. Cuando me agacho a recoger mi mochila, me dio un golpe en el rostro. Me di vuelta, no reaccioné en ningún momento y me fui”, relató Cáceres en su momento.
El siguiente es el fundamento del fallo, publicado en el Boletín 1497 anexo.
“2º) Partido: U.T.N. vs. Jockey Club Rio IV – División: Primera Cancha: Tala Anexo Fecha: 9 de setiembre 2013. Informe por agresión al Sr. Referee Alejandro Tomás Cáceres por parte del entrenador de U.T.N. Ariel Ayub en síntesis establece que el entrenador durante los 30 minutos del segundo tiempo el reclamo a los gritos ante un penal que había cobrado: “pero es al revés burro”; por esa acción fue penalizado el equipo y se le requirió que se retirara del partido. Pero en lugar de deponer la actitud continúo agrediendo al Sr. Referee, manifestándole “Vos te tenes que retirar burro” “retirare del mundo, vos no servís para nada”. Por esa situación el Sr. Referee decidió suspender el encuentro, y en momentos en que el Referee se disponía a buscar sus pertenencias, continuo siendo increpado pero en esa oportunidad para que no suspendiera el partido. Pero mientras éste se encontraba agachado, Ariel Ayub le propino un golpe de puño en la parte derecho del rostro, más precisamente en el pómulo y ojo. Por su parte el entrenador de U.T.N. Ariel Ayub formulo su descargo negando categóricamente el hecho de la agresión física, expreso que el Referee mentía, dejando entrever que esta situación se debía a que el periodista Víctor Cuello de la pagina Rugby Full algo tendrían que ver en el asunto. Asimismo ofreció como testigos a Santiago Navarro, Sebastian Peralta, Nelson Dupleich. En síntesis ninguno admite haber presenciado alguna acción en donde fuera golpeado en el rostro el Referee por parte de Ayub. Pero si admiten haber presenciado las agresiones verbales de éste para con el referee –Sebastian Peralta y en igual sentido Santiago Navarro- presencio cuando aquel lo llamaba “animal” al referee. Sin embargo ninguno de los testigos pudo observar que hizo Ayub posterior a la expulsión, suponen que se retiro pero concretamente no pueden determinar cual fue su destino específico, y/o concretamente que hizo luego de la expulsión. Ahora bien del análisis del informe del Referee no es posible advertir alguna circunstancia que nos autorice a dudar de la veracidad de su informe. Sobretodo cuando hay coincidencias respecto de las agresiones verbales, todos dan cuenta de la situación que denuncia el referee sobre los agravios injuriantes que le fueron propinados por Ayub. Razón que nos lleva a inferir debido a la falta de indicadores que demuestren lo contrario que existió un clima de hostilidad por parte de Ayub hacia el Referee que culmino con el desenlace del golpe de puño de éste hacia el Referee precisamente propinado en el momento en que se encontraba distraído y nadie observaba dichos acontecimientos. Esta conducta por demás reprochable como deleznable toda vez que se trata de un entrenador de basta trayectoria en el rugby, quien le pesa un plus de responsabilidad precisamente fruto de esa misma condición. De la conducta personal que esta obligado a pregonar sobre sus dirigidos, para enaltecer los valores del rugby y evitar que malos hábitos de otras actividades deportivas populares terminan recreándose durante el desarrollo de un partido de rugby. A los fines de subsumir jurídicamente esta reprochable conducta del entrenador Ayub, solo es dable encuadrar en el tipo del art. 1 C del Reg. Disc. U.C.R. que reprime una agresión física al referee con una pena minima de dos años de suspensión. En consecuencia se dispone sancionar al entrenador de U.T.N. Ariel Ayub a la pena de dos años de suspensión para la práctica de toda actividad relacionada con el rugby. La que es de manera efectiva debido a la gravedad de los hechos y a la falta de atenuantes a favor del infractor. La cual tendra una vigencia desde el dia 10 de setiembre de 2013 hasta el 10 de setiembre de 2015. Publíquese.”.
Fuente: Rugby Full